AYUNTAMIENTO DE MONTEJÍCAR

Tesorería-Contabilidad

El área de Tesorería y Contabilidad del Ayuntamiento de Montejícar constituye un pilar fundamental en la gestión económica y financiera municipal, garantizando el adecuado control, administración y supervisión de los recursos públicos conforme a los principios de legalidad, eficiencia, transparencia y sostenibilidad financiera.

Funciones de Tesorería

La Tesorería Municipal es responsable de la gestión de los fondos líquidos del Ayuntamiento, asegurando en todo momento la disponibilidad necesaria para hacer frente a las obligaciones económicas adquiridas. Entre sus principales funciones destacan:

  • – La recaudación de ingresos municipales, tanto en período voluntario como ejecutivo, incluyendo impuestos, tasas, precios públicos y otros derechos económicos.
  • – La custodia y manejo de los fondos públicos, velando por su correcta aplicación y evitando riesgos innecesarios.
  • – La realización de pagos a proveedores, empleados públicos y otras entidades, garantizando el cumplimiento de los plazos establecidos en la normativa vigente.
  • – La planificación y gestión de la liquidez municipal, optimizando los recursos disponibles y asegurando el equilibrio financiero.
  • – La tramitación de operaciones bancarias y relaciones con entidades financieras.
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Funciones de contabilidad

El área de Contabilidad tiene como objetivo el registro sistemático y ordenado de todas las operaciones económicas del Ayuntamiento, proporcionando una imagen fiel de su situación financiera y patrimonial. Entre sus cometidos se incluyen:

  • – La elaboración y mantenimiento de la contabilidad municipal conforme al Plan General de Contabilidad Pública.
  • – El control y seguimiento de la ejecución del presupuesto municipal, tanto en ingresos como en gastos.
  • – La formulación de la Cuenta General del Ayuntamiento, que refleja la actividad económico-financiera del ejercicio.
  • – La elaboración de informes contables y financieros destinados a la toma de decisiones por parte de los órganos de gobierno.
  • – La colaboración con los órganos de control interno y externo, como la Intervención Municipal y los organismos fiscalizadores.
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